¿Deben las cortes de inmigración ser independientes del Poder Ejecutivo?
En marzo de 2026, legisladores demócratas volvieron a presentar el Real Courts, Rule of Law Act of 2026 (H.R. 7836), un proyecto que propone sacar las cortes de inmigración del Departamento de Justicia y convertirlas en un sistema judicial independiente bajo el Artículo I de la Constitución. Hoy, esas cortes operan dentro de la Executive Office for Immigration Review (EOIR) y sus jueces son parte de la estructura del Poder Ejecutivo.
La propuesta toca una pregunta de fondo: si un sistema que decide casos de deportación, asilo y detención puede ser verdaderamente imparcial mientras dependa de la misma rama del gobierno que impulsa la política migratoria. Según la representante Zoe Lofgren, autora principal del proyecto, las cortes no pueden ser plenamente efectivas o imparciales mientras sigan bajo el Departamento de Justicia.
¿Qué propone exactamente el proyecto?
El proyecto crearía los United States Immigration Courts como una corte de registro bajo el Artículo I, con división de juicio, apelativa y administrativa. Los jueces de la división apelativa serían nombrados por el presidente con consejo y consentimiento del Senado; los de primera instancia, por la propia división apelativa. Los términos serían de 15 años, no vitalicios. También se contempla un periodo de transición de cuatro años y mayor autonomía institucional: manejo propio del presupuesto, control sobre expedientes y facultades típicas de un tribunal como recibir prueba, emitir citaciones y sancionar conductas de desacato.
¿Por qué este debate vuelve ahora?
Aunque esta idea ya había sido presentada en 2022, sus promotores dicen que el contexto actual hace la reforma más urgente. NPR reportó en febrero de 2026 que el número de jueces de inmigración permanentes cayó de 726 a 553 en aproximadamente un año, tras despidos, retiros y renuncias. Paralelamente, grupos de defensa impugnaron en tribunales una regla interina del Departamento de Justicia que, según los demandantes, dificultaba apelar decisiones adversas ante la BIA, incluyendo un recorte del plazo de apelación de 30 a 10 días.
El argumento a favor de una corte independiente
La American Bar Association, la Federal Bar Association, la National Association of Immigration Judges y AILA respaldan la propuesta. Para estas organizaciones, una corte de Artículo I blindaría la toma de decisiones frente a cambios políticos entre administraciones. El argumento es claro: cuando una corte decide si una persona será deportada, separada de su familia o enviada a un país donde teme persecución, no debería depender estructuralmente del mismo aparato que litiga y ejecuta esa política.
Lo que también hay que decir: el proyecto no resolvería todo
Dicho esto, el proyecto no resolvería todo. La independencia formal no elimina automáticamente el atraso de millones de casos, no garantiza uniformidad en las decisiones ni resuelve los problemas de acceso a representación legal. Y por ahora sigue siendo un proyecto, no una ley: fue introducido el 5 de marzo de 2026 y remitido a los comités correspondientes. Su impacto inmediato es político y simbólico, no operativo.
¿Qué significa esto para inmigrantes y abogados?
A corto plazo, esto no cambia los derechos procesales de nadie en corte. Pero sí muestra hacia dónde se está moviendo el debate: si las cortes de inmigración deben seguir siendo una extensión administrativa del Ejecutivo o convertirse en algo más parecido a otras cortes federales especializadas. Para familias con casos pendientes, abogados y organizaciones, el diseño institucional de estas cortes ya dejó de ser un tema técnico. Es una discusión central sobre debido proceso, imparcialidad y separación de poderes.
La reintroducción de este proyecto refleja una preocupación real: que las cortes de inmigración, tal como existen hoy, son demasiado vulnerables a los cambios políticos de cada administración. Sus defensores ven en una corte de Artículo I una manera de fortalecer la independencia judicial. Sus escépticos cuestionarán si es viable políticamente o suficiente para un sistema ya sobrecargado. Pero en cualquier caso, el proyecto vuelve a poner sobre la mesa algo que no debería ignorarse: cuando una corte decide asuntos de vida, libertad y familia, la independencia del juzgador no es un detalle menor.